Pagaré: modelo gratis para llenar y firmar en línea (Chile)

El pagaré es el título de crédito más usado en Chile para respaldar préstamos y deudas. Este modelo cumple los requisitos de la Ley 18.092 e incluye intereses dentro del máximo convencional y cláusula de aceleración.

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11 campos, vista previa en tiempo real y PDF al instante. Sin registro.

ContenidoCuándo usarloQué incluyeCómo llenarlo y firmarloPuntos a revisarTexto del modeloPreguntas frecuentes

Cuándo usarlo

Préstamos entre particulares, ventas a crédito o respaldo de obligaciones. Para obligaciones complejas conviene además un contrato de mutuo.

Qué incluye el modelo

Cómo llenarlo y firmarlo en línea

  1. Llena el modelo. Haz clic en «Llenar y firmar» y completa el formulario (11 campos): el documento se arma en pantalla.
  2. Descarga o firma. Descarga el PDF o pulsa «Generar y firmar ahora» para firmarlo en línea.
  3. Envíalo a firmar. Si la otra parte debe firmar, genera el enlace y mándaselo por WhatsApp o correo: firma desde su celular.

Datos que se piden:

Puntos a revisar

Listo en dos minutos

Llena, descarga el PDF y fírmalo, o envíalo a firmar. Cada parte recibe su copia firmada con certificado.

Texto del modelo

Lo que va entre corchetes se sustituye por los datos que escribas en el formulario.

PAGARÉ. Yo, [nombre del suscriptor], cédula de identidad [rut del suscriptor], domiciliado(a) en [domicilio del suscriptor], debo y pagaré a la orden de [nombre del beneficiario]

  1. Suma. la suma de $[suma en número] pesos chilenos ([suma en letras]), el día [fecha de vencimiento], en [lugar de pago].
  2. Intereses. En caso de mora o simple retardo, la suma devengará [interés moratorio] desde el vencimiento hasta el pago efectivo.
  3. Aceleración. El no pago oportuno facultará al tenedor para exigir el total de la obligación como de plazo vencido.
  4. Legislación. Este pagaré se rige por la Ley 18.092 sobre letra de cambio y pagaré. Se libera al tenedor de la obligación de protesto.

Suscrito en [ciudad], el [fecha]. Para que tenga mérito ejecutivo sin reconocimiento previo, la firma del suscriptor debe autorizarse ante notario.

Aviso. Estos modelos son orientativos y de uso general conforme a la legislación chilena (Ley 18.101, Código Civil, Ley 18.092). No reemplazan la asesoría de un abogado. Para montos importantes o trámites que exijan notaría, consulta a un profesional.
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Preguntas frecuentes

¿Un pagaré firmado electrónicamente se puede ejecutar?

Como prueba de la deuda sirve; para la ejecución directa los tribunales exigen el título con firma autorizada ante notario o firma electrónica avanzada. Recomendamos firmarlo a mano ante notario además de la versión electrónica.

¿Qué interés puedo pactar?

Hasta el interés máximo convencional vigente publicado por la Comisión para el Mercado Financiero; por encima, el interés se reduce al corriente.

¿Qué pasa sin fecha de vencimiento?

Se entiende pagadero a la vista.

¿Cuándo prescribe?

La acción cambiaria prescribe en un año desde el vencimiento (artículo 98 de la Ley 18.092).

Contrato