Contrato de arrendamiento de vivienda: modelo gratis para llenar y firmar en línea (Perú)

Contrato de arrendamiento de casa o departamento conforme al Código Civil (artículos 1666 y siguientes): renta, garantía, plazo, servicios, resolución por falta de pago y sometimiento al desalojo rápido. Se llena en dos minutos y se firma en línea.

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12 campos, vista previa en tiempo real y PDF al instante. Sin registro.

ContenidoCuándo usarloQué incluyeCómo llenarlo y firmarloPuntos a revisarTexto del modeloPreguntas frecuentes

Cuándo usarlo

Para alquilar una casa o departamento a una persona o familia que lo usará como vivienda. Para locales comerciales conviene adaptar destino, plazo y servicios.

Qué incluye el modelo

Cómo llenarlo y firmarlo en línea

  1. Llena el modelo. Haz clic en «Llenar y firmar» y completa el formulario (12 campos): el documento se arma en pantalla.
  2. Descarga o firma. Descarga el PDF o pulsa «Generar y firmar ahora» para firmarlo en línea.
  3. Envíalo a firmar. Si la otra parte debe firmar, genera el enlace y mándaselo por WhatsApp o correo: firma desde su celular.

Datos que se piden:

Puntos a revisar

Listo en dos minutos

Llena, descarga el PDF y fírmalo, o envíalo a firmar. Cada parte recibe su copia firmada con certificado.

Texto del modelo

Lo que va entre corchetes se sustituye por los datos que escribas en el formulario.

COMPARECEN

De una parte, [nombre del arrendador], identificado(a) con [dni / ruc del arrendador], en adelante EL ARRENDADOR. De otra parte, [nombre del arrendatario], identificado(a) con [dni del arrendatario], en adelante EL ARRENDATARIO.

Ambas partes se reconocen capacidad legal para contratar y obligarse, y acuerdan las siguientes CLÁUSULAS:

  1. Objeto. El arrendador da en arrendamiento al arrendatario el inmueble ubicado en [dirección del inmueble], que el arrendatario destinará exclusivamente a casa habitación suya y de su familia.
  2. Plazo. El contrato tendrá una duración de [plazo] meses a partir del [fecha]. Al vencimiento, el arrendatario devolverá el inmueble salvo que las partes acuerden por escrito su renovación. La continuación en el uso sin renovación escrita se entiende como arrendamiento de duración indeterminada (artículo 1700 del Código Civil).
  3. Renta. La renta mensual es de S/ [renta mensual] soles, pagadera por adelantado dentro de los primeros [día de pago de cada mes] días de cada mes mediante transferencia o depósito en la cuenta que indique el arrendador, quien entregará el recibo correspondiente.
  4. Garantía. El arrendatario entrega en este acto S/ [garantía] en calidad de garantía por el cumplimiento de sus obligaciones y la conservación del inmueble. No se aplicará al pago de rentas y será devuelta dentro de los 30 días siguientes a la devolución del inmueble, descontando daños o deudas acreditados.
  5. Servicios. Serán de cargo del arrendatario: [servicios a cargo del arrendatario]. Los arbitrios y el impuesto predial serán de cargo del arrendador, salvo pacto distinto.
  6. Uso y conservación. El arrendatario usará el inmueble conforme a su destino, lo conservará con diligencia, asumirá las reparaciones por el uso ordinario y no podrá subarrendar ni ceder el contrato sin autorización escrita del arrendador (artículos 1681 y 1692 del Código Civil).
  7. Resolución. La falta de pago de dos meses y quince días de renta, el uso distinto al pactado o el subarriendo no autorizado facultan al arrendador a resolver el contrato (artículo 1697 del Código Civil) y a exigir la devolución del inmueble.
  8. Desalojo. Las partes acuerdan someterse, de ser procedente, al procedimiento de desalojo previsto en la Ley 30933 o en el Decreto Legislativo 1177, para lo cual legalizarán sus firmas ante notario.
  9. Legislación y jurisdicción. En lo no previsto rigen los artículos 1666 y siguientes del Código Civil. Las partes se someten a los jueces de [ciudad]. El contrato se firma en dos ejemplares.
Aviso. Estos modelos son orientativos y de uso general conforme a la legislación peruana (Código Civil, Ley 27287, D. Leg. 1177, Ley 30933). No reemplazan la asesoría de un abogado o notario. Para montos importantes o trámites que exijan legalización notarial, consulta a un profesional.
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Preguntas frecuentes

¿Un contrato de alquiler firmado en línea es válido en Perú?

Sí. El artículo 141-A del Código Civil admite la manifestación de voluntad por medios electrónicos y la Ley 27269 regula las firmas electrónicas. La firma de iSign es electrónica simple con certificado de fecha, hora y huella del documento, válida para contratos privados. Para el desalojo rápido se exige además legalización notarial de firmas.

¿Cuánto se puede pedir de garantía?

La ley no fija un máximo; lo habitual es una o dos rentas, devueltas al terminar el contrato descontando daños o deudas.

¿Qué pasa si el inquilino no paga?

Con dos meses y quince días de renta impaga el arrendador puede resolver el contrato (artículo 1697). Si el contrato tiene firmas legalizadas y cláusula de allanamiento, puede usar el desalojo de la Ley 30933; si no, el proceso judicial ordinario.

¿Es obligatorio legalizar las firmas ante notario?

No para que el contrato sea válido, pero sí para acogerse al desalojo rápido y para inscribirlo en Registros Públicos.

¿Cómo cobro el alquiler cada mes sin perseguir al inquilino?

Con el calendario de iSign: programas la renta mensual, recibes el aviso, anotas el pago cuando transfieren y el recibo PDF sale solo. El cobro con tarjeta por enlace todavía no está disponible en Perú.

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