Garantía del alquiler: cuánto pedir, qué cubre y cuándo se devuelve

Respuesta rápida: Lo habitual son una o dos rentas de garantía. Cubren daños y deudas al devolver el inmueble, se devuelven en el plazo pactado (normalmente 30 días) y no deben aplicarse a la última renta salvo acuerdo escrito.
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Cuánto se pide

La ley no fija un máximo; el uso son una o dos rentas. Déjalo por escrito en el contrato, con la regla de devolución.

Qué cubre

Daños distintos al desgaste normal, servicios y arbitrios impagos y rentas adeudadas al final. El arrendador debe acreditar los descuentos; conviene un inventario con fotos al entrar y al salir.

Cuándo se devuelve

En el plazo pactado desde la devolución del inmueble (lo habitual, 30 días), una vez verificadas las cuentas. Programa la devolución como vencimiento en el calendario de iSign.

La última renta

La garantía no es la última renta: el inquilino debe pagarla y recibir la garantía completa si todo está en orden, salvo acuerdo escrito en contrario.

Aviso. Estos modelos son orientativos y de uso general conforme a la legislación peruana (Código Civil, Ley 27287, D. Leg. 1177, Ley 30933). No reemplazan la asesoría de un abogado o notario. Para montos importantes o trámites que exijan legalización notarial, consulta a un profesional.
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Preguntas frecuentes

¿La garantía genera intereses?

No, salvo pacto.

¿Puedo retenerla si el inquilino se va antes de tiempo?

Si el contrato lo prevé como penalidad por resolución anticipada, sí; si no, solo por daños y deudas acreditadas.

¿Hay que dar recibo de la garantía?

Sí, siempre, y mencionarla en el contrato.

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