Contrato de arrendamiento de local u oficina: modelo gratis para rellenar y firmar online

Modelo de contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda: locales comerciales, oficinas y naves. Incluye las cláusulas que marcan la diferencia en un alquiler de negocio.

GratisSin registroSin marcas de aguaSe borra a los 7 díasCumple el RGPD
Rellena el modelo ahora

12 campos, vista previa en tiempo real y PDF al instante. Sin registro.

En esta páginaPara quién es este modeloQué incluyeCómo rellenarlo y firmarloQué revisar antes de firmarTexto de las cláusulasPreguntas frecuentes

Para quién es este modelo

Propietarios de locales y oficinas, autónomos y pequeñas empresas que alquilan un espacio para su actividad.

Qué incluye el contrato de arrendamiento de local u oficina

Cómo rellenarlo y firmarlo online

  1. Rellena los datos. Pulsa «Rellenar y firmar», completa el formulario (12 campos) y verás el contrato montándose en pantalla.
  2. Descarga o firma. Descarga el PDF para revisarlo, o pulsa «Generar y firmar ahora» para pasar al firmador.
  3. Envía a la otra parte. Marca dónde debe firmar, genera el enlace y compártelo por WhatsApp o correo. Firma desde su móvil y los dos recibís el PDF firmado.

Datos que te pedirá el formulario:

Qué revisar antes de firmar

Listo para firmar en dos minutos

Rellena, descarga el PDF y fírmalo tú o envíalo a la otra parte. Cada uno recibe su copia firmada.

Texto de las cláusulas del modelo

Estas son las cláusulas que incluye el modelo por defecto. Las palabras entre llaves se sustituyen por los datos del formulario. Con una cuenta gratuita puedes editarlas, quitarlas o añadir otras del catálogo.

  1. PRIMERA. Objeto y destino. El arrendador cede en arrendamiento el local sito en {dir}, de {sup} m², que el arrendatario destinará exclusivamente a la actividad de {act}. Cualquier cambio de actividad requerirá consentimiento escrito del arrendador.
  2. SEGUNDA. Duración. El contrato tendrá una duración de {dur} años a contar desde el {ini}. Al vencimiento podrá prorrogarse por acuerdo expreso de las partes.
  3. TERCERA. Renta. La renta se fija en {renta} euros mensuales, más el IVA que corresponda, pagaderos dentro de los cinco primeros días de cada mes. La renta se actualizará anualmente conforme al índice que las partes acuerden.
  4. CUARTA. Fianza. El arrendatario entrega {fianza} euros en concepto de fianza legal, equivalente a dos mensualidades, que será devuelta al finalizar el contrato una vez comprobado el estado del local.
  5. QUINTA. Gastos y suministros. Serán de cuenta del arrendatario los suministros del local (agua, luz, gas, telecomunicaciones) y los gastos derivados de su actividad. El IBI y la comunidad corresponden al arrendador salvo pacto en contrario.
  6. SEXTA. Obras. El arrendatario podrá realizar las obras de acondicionamiento necesarias para su actividad previa autorización escrita del arrendador. Las obras quedarán en beneficio del local sin derecho a indemnización, salvo pacto expreso.
  7. SÉPTIMA. Licencias. La obtención de las licencias y permisos necesarios para la actividad corre a cargo del arrendatario, que mantendrá el local en buen estado y responderá de los daños causados por su uso.
  8. OCTAVA. Cesión y subarriendo. No se permite la cesión del contrato ni el subarriendo total o parcial del local sin consentimiento escrito del arrendador.
  9. NOVENA. Legislación. Este contrato se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos en lo relativo a arrendamientos para uso distinto del de vivienda, por lo pactado en este documento y, en su defecto, por el Código Civil.
Aviso legal. Los modelos son orientativos, de uso general y redactados conforme a la legislación española. No constituyen asesoramiento jurídico ni sustituyen la revisión de un profesional. Para operaciones de importe elevado o situaciones especiales, consulta con un abogado.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre alquilar una vivienda y un local?

En el local no hay prórrogas obligatorias, la fianza es de dos meses, la renta lleva IVA y casi todo es negociable. Las partes tienen mucha más libertad, por eso conviene dejarlo todo por escrito.

¿Tiene que ir a notario?

No. El contrato privado firmado por las dos partes es plenamente válido. Elevarlo a público solo es necesario si queréis inscribirlo en el Registro de la Propiedad.

¿Quién paga el IBI y la comunidad?

Lo que se pacte. El modelo los atribuye al arrendador salvo acuerdo contrario, pero es habitual repercutirlos al inquilino en locales.

¿Puedo firmar el contrato con mi empresa?

Sí. Indica la razón social y el CIF en los campos de nombre y documento, y firma el representante legal.

Contrato