Fianza del alquiler: cuánto es y cuándo se devuelve
Cuánto es la fianza
El artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece una fianza obligatoria en metálico:
| Tipo de alquiler | Fianza legal |
|---|---|
| Vivienda habitual | 1 mensualidad de renta |
| Uso distinto de vivienda (local, oficina, temporada, trastero) | 2 mensualidades de renta |
No se puede pactar una fianza legal distinta. Si te piden «tres meses de fianza» para una vivienda, en realidad te están pidiendo una mensualidad de fianza y dos de garantía adicional, y eso debe quedar así reflejado en el contrato.
Garantías adicionales: el límite de dos meses
Además de la fianza, el propietario puede exigir una garantía adicional: un depósito en dinero, un aval bancario o un seguro de caución. En el alquiler de vivienda habitual, mientras dure el periodo mínimo legal (5 o 7 años), esa garantía no puede superar dos mensualidades. La suma máxima que te pueden pedir al entrar es, por tanto, tres meses (uno de fianza y dos de garantía), además de la primera renta.
Los honorarios de la agencia no son una garantía: desde la Ley 12/2023 los paga siempre el arrendador.
Depósito en la comunidad autónoma
La mayoría de comunidades autónomas obligan al propietario a depositar la fianza en un organismo público (en Madrid, por ejemplo, a través de la Agencia de Vivienda Social, normalmente por vía telemática) en un plazo que suele ser de 30 días desde la firma. Las reglas, los plazos y los modelos cambian según la comunidad, así que consulta la web de vivienda de la tuya.
- El depósito protege al inquilino: la fianza queda custodiada y localizable.
- No depositarla puede acarrear sanciones para el propietario.
- Al terminar el contrato, el propietario recupera el depósito del organismo y devuelve la fianza al inquilino.
- El inquilino puede pedir al propietario el justificante del depósito.
Durante el contrato: actualización de la fianza
Durante los primeros cinco años (o siete si el arrendador es una empresa) la fianza no se actualiza. A partir de entonces, cada vez que se prorrogue el contrato, el propietario puede exigir que se ajuste hasta igualar una o dos mensualidades de la renta vigente, y el inquilino puede pedir lo mismo si la renta hubiera bajado.
Devolución: plazos e intereses
Al terminar el alquiler, el propietario tiene un mes desde la entrega de las llaves para devolver la fianza o explicar qué descuenta y por qué. Si no lo hace, el saldo devenga el interés legal del dinero, que en 2026 es del 3,25 % anual. No es una gran cantidad, pero sí un argumento útil en una reclamación.
Ejemplo: fianza de 1.000 € devuelta con cuatro meses de retraso → intereses de aproximadamente 1.000 × 3,25 % × 4/12 ≈ 10,83 €, además de la fianza.
Qué se puede descontar y qué no
| Se puede descontar (justificándolo) | No se puede descontar |
|---|---|
| Rentas o suministros pendientes de pago Daños causados por el inquilino: azulejos rotos, quemaduras, puertas dañadas Muebles o electrodomésticos del inventario que faltan o están rotos por mal uso Limpieza extraordinaria si la vivienda se deja en condiciones impropias | Desgaste normal por el uso (pintura gastada tras años, pequeñas marcas) Averías por antigüedad de electrodomésticos Reformas de mejora que decide hacer el propietario Una cantidad fija «por si acaso» sin presupuesto ni factura |
La clave es la prueba. Si al entrar se firmó un inventario con fotos fechadas, comparar es sencillo. Si no existe, el propietario tendrá difícil demostrar que un daño es posterior.
Cómo reclamar la fianza
- Pide la devolución por escrito (correo electrónico o burofax) indicando la fecha de entrega de llaves y la cuenta donde debe ingresarse.
- Si descuentan algo, solicita el detalle y las facturas o presupuestos.
- Mediación o arbitraje: muchas comunidades y colegios ofrecen mediación en materia de alquiler, gratuita o barata.
- Juicio verbal: para cantidades de hasta 2.000 € no necesitas abogado ni procurador; hay un formulario normalizado en los juzgados.
Checklist para la salida (inquilino y propietario)
- Avisar con el preaviso pactado (en desistimiento, al menos 30 días).
- Revisar juntos la vivienda con el inventario de entrada y hacer fotos fechadas.
- Leer contadores de luz, agua y gas.
- Firmar un documento de terminación y entrega de llaves con la fecha y el estado de la vivienda: es la prueba que marca el inicio del plazo de un mes.
- Indicar la cuenta para devolver la fianza y, si se paga, firmar un recibí.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la fianza de un alquiler de vivienda?
Una mensualidad de renta en vivienda habitual y dos en alquileres para uso distinto (locales, oficinas, temporada). Es obligatoria y se entrega en metálico o por transferencia al firmar.
¿Me pueden pedir más meses además de la fianza?
Sí, como garantía adicional (depósito, aval o seguro), pero en alquiler de vivienda habitual con duración hasta 5 o 7 años no puede superar dos mensualidades de renta.
¿Cuánto tarda el casero en devolver la fianza?
Tiene un mes desde la entrega de las llaves. Si no la devuelve en ese plazo, la cantidad devenga el interés legal del dinero a favor del inquilino.
¿Puede quedarse la fianza por la pintura?
Solo por daños que vayan más allá del desgaste normal por el uso. Unas paredes algo usadas tras varios años de alquiler son desgaste ordinario; agujeros, manchas graves o cambios de color no autorizados sí pueden descontarse, justificándolo.
¿Puedo usar la fianza para pagar el último mes?
No es lo previsto: la fianza garantiza las obligaciones del inquilino hasta que se revisa la vivienda. Hacerlo sin acuerdo escrito puede acabar en reclamación. Si ambas partes están de acuerdo, dejadlo por escrito y firmado.