Préstamo entre particulares: cómo hacerlo bien ante Hacienda
Por qué documentar un préstamo familiar
Ayudar a un hijo con la entrada de un piso o prestar dinero a un amigo para un negocio es muy habitual. El problema llega cuando Hacienda detecta una transferencia grande sin explicación: si no puedes demostrar que es un préstamo, puede considerarla una donación, que tributa en el impuesto de sucesiones y donaciones de la comunidad autónoma del que recibe (con bonificaciones muy distintas según la comunidad y el parentesco). Documentarlo bien cuesta poco y te ahorra ese riesgo, además de dejar claras las condiciones entre las partes.
Qué debe incluir el contrato
- Prestamista y prestatario con DNI y domicilio.
- Importe y forma de entrega (transferencia, con fecha y cuentas).
- Calendario de devolución: cuotas mensuales, un pago único en una fecha o un plan mixto. Debe ser realista: un préstamo «a devolver cuando se pueda» parece una donación.
- Intereses: el tipo pactado o la mención expresa de que el préstamo es gratuito.
- Amortización anticipada: si el prestatario puede devolver antes sin penalización.
- Qué pasa si se retrasa: interés de demora, vencimiento anticipado si deja de pagar varias cuotas.
- Firma de ambas partes y fecha.
Con intereses o sin intereses
La ley del IRPF presume que los préstamos son retribuidos, por defecto al interés legal del dinero (3,25 % en 2026). Es una presunción que admite prueba en contrario: si el contrato dice expresamente que no hay intereses y lo presentas con el modelo 600, tienes una prueba sólida.
| Opción | Para el prestamista | Para el prestatario |
|---|---|---|
| Sin intereses | No tiene rendimientos que declarar si se desvirtúa la presunción | Solo devuelve el capital |
| Con intereses | Declara los intereses cobrados como rendimientos del capital mobiliario en su renta | Paga capital más intereses |
El modelo 600 paso a paso
- Quién: el prestatario, es decir, quien recibe el dinero.
- Dónde: en la oficina tributaria de su comunidad autónoma de residencia; la mayoría permiten presentarlo por internet.
- Cuándo: en los 30 días hábiles siguientes a la firma del contrato.
- Cómo: se marca como préstamo, se indica el importe y se aplica la exención; la cuota a ingresar es 0 €. Se adjunta copia del contrato.
- Después: guarda el justificante sellado o el resguardo electrónico junto al contrato.
Si más adelante cambiáis las condiciones (amplías el importe, cambias plazos o lo canceláis), documenta el cambio por escrito y consulta si debe presentarse de nuevo.
Devoluciones y pruebas
- Todo por transferencia, nunca en efectivo, con un concepto claro: «Devolución préstamo 15/03/2026 – cuota 4/24».
- Cumple el calendario. Un préstamo en el que nunca se devuelve nada pierde credibilidad como préstamo.
- Si se perdona una parte, eso sí es una donación y debe tratarse como tal.
- Al terminar, firma un documento de cancelación o un recibí final.
Errores que salen caros
- Entregar el dinero en efectivo o sin concepto.
- No presentar el modelo 600 o presentarlo meses después.
- Calendarios irreales («devolverá en 40 años sin cuotas»).
- Firmar el contrato a posteriori, cuando Hacienda ya ha preguntado: la fecha del documento y la del modelo 600 deben ser coherentes con la transferencia.
Si no te devuelven el dinero
Con un contrato firmado y los justificantes de la transferencia tienes un documento que acredita la deuda. El primer paso es un requerimiento por escrito; si no hay respuesta, el proceso monitorio permite reclamar deudas dinerarias documentadas de forma ágil; la petición inicial se puede presentar sin abogado ni procurador. Si el deudor reconoce la deuda pero necesita más tiempo, firmad un reconocimiento de deuda con un nuevo calendario.
Envía el documento y que lo firmen desde el móvil
Marca dónde debe firmar la otra persona, genera un enlace y compártelo por WhatsApp, correo o QR. Sin cuentas para nadie.
Enviar para que lo firmen → Varios documentos en un solo enlace · Certificado de firma opcionalCon el plan Pro tienes envíos ilimitados, varios firmantes, recordatorios, tu logo y tu nombre en cada envío, y los documentos guardados 12 meses. 4,99 €/mes, sin permanencia. Al crear tu cuenta lo pruebas gratis 7 días, y sin Pro sigues teniendo 3 envíos gratis al mes.
Preguntas frecuentes
¿Hay que pagar impuestos por un préstamo entre familiares?
El préstamo está sujeto al impuesto de transmisiones patrimoniales pero exento: la cuota es 0 €. Aun así hay que presentar el modelo 600 en la comunidad autónoma del prestatario en 30 días hábiles.
¿Puedo prestar dinero sin intereses a mi hijo?
Sí, pero la ley del IRPF presume que los préstamos son retribuidos al interés legal del dinero salvo prueba en contrario. Un contrato que diga expresamente que no hay intereses, presentado con el modelo 600 y con devoluciones documentadas, es la mejor prueba.
¿Es obligatorio ir al notario?
No. Un contrato privado firmado por ambas partes es válido y se presenta igualmente con el modelo 600. La escritura notarial da más seguridad, sobre todo para importes altos o si se prevén conflictos.
¿Qué pasa si no presento el modelo 600?
Hacienda puede cuestionar la operación y considerar que el dinero fue una donación, con el impuesto de donaciones correspondiente, recargos e intereses. Presentarlo tiene coste cero y evita ese riesgo.
¿Y si el prestatario no devuelve el dinero?
Con un contrato firmado y las transferencias puedes reclamarlo por vía judicial, por ejemplo con un proceso monitorio. Sin documento, tendrías que probar que fue un préstamo y no un regalo.